Bajo la consideración de que los recursos presupuestados para las universidades “podrían agotarse en el mes de agosto”, el día martes 03-08-2010 se aprobó en Consejo de Ministros la solicitud del Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior (MPPES) por un monto total de Bs.F 3.192.409.118,00, para dar cobertura a los siguientes conceptos: Programa Nacional de Formación (Misión Alma Mater); Incidencias 30% (Recurrencia en primas por hogar, hijo/a excepcional y bono académico); Hospitalizaciòn, Cirugía y Maternidad (HCM); Insuficiencia en Bono Alimentación y Bono Salud; Ascenso y reclasificación; Aportes Patronales (honrar compromisos patronales); Anticipo e intereses de prestaciones sociales; Bono vacacional; Prestaciones Sociales, y Bono de Fin de Año.
Llama poderosamente la atención y nos preocupa, que en estos conceptos NO APARECE LA DEUDA POR INCIDENCIA DE 30% DE SUELDO DE 2008, NI EL FINIQUITO DE LA DEUDA POR INTERESES DE PRESTACIONES ¿Qué pasa con esto? ¿CUÁNDO LO VAN A PAGAR? Tampoco se incluyen recursos para funcionamiento de las Universidades.
Así mismo, se decidió que estos recursos serían solicitados en cinco (5) créditos adicionales tramitados ante la Asamblea Nacional, entre agosto y diciembre 2010. La primera parte, por un monto de Bs.F 683.632.118,38 se envió a la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional el mismo día (03-08-10), la cual consideró la posibilidad de darle “urgencia parlamentaria”, lo que no fue posible porque faltaba la Constancia de la disponibilidad de recursos por parte de la Tesorería Nacional, requisito indispensable para que un crédito adicional pueda ser aprobado. Finalmente fue aprobado el día jueves 05-07-10 por la Asamblea Nacional.
El desembolso de este primer Crédito Adicional está previsto para el mes de agosto, para cubrir la insuficiencia presupuestaria inherente a gastos de personal, distribuido de la siguiente manera:
- Bs.F. 117.995.645,00 para los Institutos y Colegios Universitarios.
- Bs.F. 387.685.847,00 para las Universidades Nacionales.
- Bs.F. 167.451.430,00 para el Servicio Autónomo Oficinas Técnicas del CNU.
Los montos correspondientes a las Universidades y a los Institutos y Colegios Universitarios corresponden a las incidencias del 30% en sueldos, primas por hogar, hijo/a excepcional, grado académico y bono vacacional. El monto asignado al Servicio Autónomo Oficinas Técnicas del CNU, es para sufragar bono vacacional y complemento al seguro de vida, accidentes personales y HCM al personal de Universidades Nacionales, Institutos y Colegios Universitarios. ESTE CRÉDITO DEBERÍA INCLUIR LA DEUDA DE 2008.
Por decisión de la Junta Directiva de FAPUV, cuando los recursos lleguen a las Universidades y se complete el pago del bono vacacional, julio y agosto, se dará inicio oficialmente al período vacacional.
LOS FONDOS DE JUBILACIONES SON DE SUS AFILIADOS
La suspensión de los aportes a los Fondos de Jubilaciones de las Universidades por parte del Ministro Ramírez es ilegal. Quienes hayan apoyado esa ilegalidad en el CNU son co-responsables. Los recursos correspondientes al aporte de las Universidades a los Fondos, están presupuestados, no se pueden retener ni destinar para otra cosa. Ellos forman parte de los compromisos patronales con el personal docente de las universidades. El Estado da ese aporte como patrón no como socio, y quitarlo viola la progresividad de derechos establecida en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (CNRBV). Los Fondos de Jubilaciones son patrimonio de sus afiliados.
Dada la diversidad de Fondos y la necesidad de fortalecer la Previsión Social de nuestros agremiados, FAPUV ha sostenido la necesidad de: Ampliar su objeto, para que éstos, no sólo contribuyan con el pago de las jubilaciones y pensiones, sino también con la Previsión Social y Recreación del personal universitario afiliado, con mantenimiento del aporte patronal; mantener el carácter contributivo directo del régimen de jubilaciones y pensiones del personal docente y de investigación de las Universidades Nacionales; fortalecer los Fondos de Jubilaciones y Pensiones estableciendo las bases para su uniformidad en todos los aspectos, en función de la creación de un Sistema Nacional de Seguridad Social de los universitarios; y que el aporte que hagan los Fondos a las Universidades para contribuir con el pago de las jubilaciones y pensiones causadas, y para la Previsión Social, sea aplicado por las Universidades estrictamente a los fines propuestos.
El Instituto Nacional de Tierras (INTI) atentando contra la inviolabilidad del recinto universitario establecida en la CNRBV, confiscó 700 hectáreas de la Facultad de Agronomía, las cuales habían sido invadidas en 2008. De esta manera, se viola la autonomía universitaria, se deja a los estudiantes sin estas tierras de la Estación Experimental San Nicolás, donde desarrollan sus prácticas estudiantiles agroproductivas; y se afecta la docencia, investigación, extensión y servicios comunitarios en actividades agrícolas de la Facultad de Agronomía, y de salud de las Facultades de Medicina y de Odontología de la UCV. Todo esto sólo para favorecer el uso privado de esos terrenos y fomentar invasiones. Como acto inconstitucional e ilegal, esta medida del INTI es nula. Esos terrenos son de la UCV.
COMITÉ EJECUTIVO
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